Las Casas de Reposo. Segunda parte
Las Casas de Reposo. Segunda parte Debido a la gran cantidad de correos en donde, fue muy comentado, y donde se hicieron preguntas y críticas constructivas sobre el artículo de la semana pasada, hemos visto por conveniente hacer una segunda parte de este tema tan controversial, por lo tanto hablaremos sobre las casas de reposo, y la situación actual de las mismas en el Perú y de paso hacer algunas precisiones. De acuerdo a la Ley 30490, “Ley de la persona adulta mayor”, promulgada el 20 de Junio del 2015 por el Presidente Ollanta Humala Tasso, según el artículo 2, se denomina adulto mayor a aquella persona por encima de los 60 años de edad. El año 2010, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo social MIMDES a través de la Resolución Ministerial 594 – 2010, edita la primera guía básica de Atención Integral para Personas Adultas Mayores en Centros Residenciales, denominándolas CARPAM Centro de Atención Residencial para Personas Adultas Mayores. Luego el 12 de enero del 2012, el